Fumigaciones en Colombia mediante Terrorismo de Estado |
IV. Hechos, acciones y omisiones que motivan la acción
1. Que en Colombia el problema de los cultivos ilícitos se ha agudizado en los últimos años
2. Que actualmente las siguientes regiones son productoras de coca: CUNDINAMARCA–Noroccidente del Departamento-; BOYACA –Magadalena Medio Boyacense-; MAGDALENA Y CESAR –Sierra Nevada de Santa Marta-; LA GUAJIRA –Sierra de Perijá-; ANTIOQUIA –Región de Urabá, Tarazá, Cáceres, Remedios, Yondó, Anorí, Amalfí, Sonsón, Cocorná-; NORTE DE SANTANDER –Municipio de Tibú y la zona del Catatumbo-; BOLIVAR –Municipios del Sur de Bolivar (Cantagallo, Morales, San Pablo, Santa Rosa del Sur, Simití, Río Viejo), Serranía de San Lucas; NARIÑO –Municipios de Samaniego, Guachaves, San Pablo, El Rosario, La Cruz, Cumbitará, Leyva, Los Andes y Policarpa; CAUCA –Municipios de la Vega, Almaguer, Bolivar, Patía, Mercaderes, Balboa, Piamonte y Argelia-; CASANARE Y ARAUCA –Bosques de Galería-; VICHADA –Vegas de los ríos Guaviare y Uva, vegas del río Vichada y afluentes, Bosques de Galería; GUAINIA –Vegas de los ríos Guaviare, Inírida, caños Bocón y Guarivén-; VAUPES –Vegas del río Vaupés y caño Cadayarí, vegas de los ríos Paca y Papurí; GUAVIARE –Vegas del Río Guaviare, zonas de colonización del Guaviare (eje vial San José de Guaviare –El Retorno-Calamar), vegas de los ríos Humilla, Itilla y Vaupés; META –Ríos Duda y Alto Guayabero, Lozada y Bajo Guayabero, Reserva Biológica de la Macarena, vegas del río Guaviare (Mapiripán, Mesetas, La Macarena, La Uribe, Puerto Concordia, Puerto Gaitán, Puerto Lleras, Puerto Rico, San Juan de Arama, Vistahermosa); CAQUETA (Medio y Bajo Caguán y Zuncillas, Alto Caguán y Guayas, vegas del río Caquetá (Albania, Cartagena del Chairá, Curillo, El Doncello, El Paujil, La Montañita, Milán, Puerto Rico; San José de Fragua, San Vicente del Caguán, Solano, Valparaíso); PUTUMAYO –Valle del Guamez, eje Puerto Leguízamo – La Tagua, vegas de los ríos Caquetá y Mecay, Orito, San Miguel, extremo suroriental de la bota caucana y vegas del río Putumayo (Mocoa, Orito, Puerto Asís, Puerto Caicedo, Puerto Guzmán, Puerto Leguózamo, San Miguel, Valle de Guamuez, Villa Garzón).
3. Que los cultivos de amapola se han establecido en las zonas altas y de páramo de los departamentos del CUNDINAMARCA, BOYACA, VALLE, ANTIOQUIA, SANTANDER, CALDAS, BOLIVAR, CAQUETA, CESAR, LA GUAJIRA, MAGDALENA, META, PUTUMAYO, QUINDIO, RISARALDA Y NORTE DE SANTANDER, SERRANIA DEL PERIJA, ENTRE EL CHOCO Y LA ZONA CAFETERA, TOLIMA, HUILA, CAUCA, NARIÑO.
4. Que en el país se adoptó la fumigación con paraquat en la Sierra Nevada de Santa Marta, desde hace más de veinte años
5. Que en el año 1992 se autorizó la aspersión aérea controlada de cultivos ilícitos de amapola, localizados en la cordillera, por encima de la cota de los 2.500 msnm..
6. Que el Consejo Nacional de Estupefacientes desde el año 1994 autorizó la destrucción de los cultivos ilícitos mediante la aspersión aérea de glifosato.
7. Que por solicitud de la Defensoría del Pueblo, desde 1998 el Ministerio del Medio Ambiente hace parte de la comisión de verificación de las fumigaciones pero, alegando la falta de apoyo logístico, el mismo se ha impedido para realizar las tareas estipuladas: ejecutar las labores de erradicación bajo el mecanismo de auditoría y control de la aspersión aérea, seguimiento a la aplicación del glifosato como mecanismo para la erradicacación, siempre y cuando ella se realice en las condiciones técnicas debidas y bajo estrictos procedimientos de control que garanticen la no afectación de las personas y los ecosistemas.
8. Que los resultados en la erradicación de cultivos mediante la fumigación aérea han sido nefastos. A pesar de la intensidad de las fumigaciones, la extensión de los cultivos se duplicó.
9. Actualmente se reconoce que el problema de cultivos ilícitos exige soluciones sociales, no militares.
10. Que La Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó en junio de 1998 una “acción común para contrarrestar el problema mundial de las drogas”, replanteando el enfoque eminentemente represivo a la lucha contra las drogas ilícitas y proyectando una política mundial de lucha contra las drogas fundamentada en el respeto a todos los Derechos Humanos y libertades fundamentales.
11. Que para alcanzar el desarrollo alternativo el Acuerdo Mundial contra las Drogas Ilícitas - ONU 1998 -, propone el desarrollo rural integrado, favorecer la participación de las comunidades y respetar los criterios de sostenibilidad ambiental, teniendo en cuenta los objetivos del Programa XXI.
12. Que no obstante lo anterior, durante el actual gobierno, en cabeza del Señor Presidente Andrés Pastrana, se adoptó una estrategia gubernamental que se llama Plan Colombia.
13. Que el Plan Colombia incluye una financiación de los Estados Unidos de Norte América, sobre la base en la parte pertinente a la certificación, de que el Gobierno de Colombia implemente una estrategia de eliminación total de la producción de cultivos ilícitos a través de una mezcla de programas de desarrollo ; erradicación manual ; fumigación aérea de herbicidas químicos ; utilización de un micoherbicida ; y la
destrucción de los laboratorios ilícitos en el territorio colombiano.
14. Que es un hecho notorio que la opinión Pública no aprueba la utilización de la fumigación aérea con herbicidas químicos ni la utilización de control biológico como fórmulas para erradicar cultivos ilícitos.
15. Que ha existido participación comunitaria suficiente en aras a mejorar las decisiones administrativas propugnando esta participación por la erradicación manual como la mejor decisión legitimada por el soporte de la opinión ciudadana, de expertos y por la opinión internacional.
16. Que la opinión pública y los espacios de participación comunitaria han legitimado y respaldan la erradicación de cultivos ilícitos pero el disenso esta en la forma, y la única forma legitimada por la democracia participativa es la erradicación manual acompañada con una estrategia de desarrollo alternativo, es decir, desarrollo rural integral, desarrollo de alternativas productivas y sostenibles, reforestación, etc., que garantice una vida digna y un desarrollo sostenible al campesinado inmerso en el problema de los cultivos ilícitos.
17. Que los cultivos ilícitos afectan los frágiles ecosistemas de selvas húmedas tropicales, de bosques de niebla y de páramos; sin embargo las fumigaciones aéreas con productos químicos aumentan la catástrofe ambiental sumándole ahora la tragedia humana de los desplazados y la guerra.
18. Que los programas y proyectos de desarrollo alternativo son el método adecuado para evitar la extensión de cultivos ilícitos a zonas ecológicamente frágiles.
19. Que la lucha contra los cultivos ilícitos a través de fumigaciones aéreas en el pasado ha causado el desplazamiento de cultivos ilícitos a nuevas zonas del país, desencadenando el fenómeno conocido como la “triple deforestación”, se siembra se fumiga y se siembra en otra parte.
20. Que es un hecho notorio que tanto la utilización de la fumigación aérea como el control biológico agudizan el conflicto que vive el país y obstaculizan las condiciones que hacen posible la protección del medio ambiente, el desarrollo y la paz.
21. Que se hace necesario replantear la estrategia contra los cultivos ilícitos, buscando soluciones ambientalmente sanas y compatibles con el inmenso deseo de todos por acompañar al Presidente de la República en el espacio que en Colombia, él le abrió a la Paz.
22. Que en un principio se le planteó al país la utilización del hongo Fusarium Oxysporum, variedad Erythroxylum, como propuesta del Plan Colombia.
23. Que el Ministro del Medio Ambiente Juan Mayr una vez enfrentó el debate que el Congreso le hiciera por el uso de un micoherbicida en la erradicación de cultivos propuesta por el Plan Colombia, volteó la propuesta, decidió no aprobarla como Ministro del Medio Ambiente pero le abrió las puertas al mismo control biológico de micoherbicidas fabricados a partir de una investigación nacional.
24. Que el proyecto del Ministro de estimular las investigaciones en controladores biológicos de cultivos ilícitos a partir de la flora y la fauna nativas desconoce los acuerdos de Agenda XXI e ignora que el problema no hace relación a la procedencia del micoherbicida sino a su carácter de armas biológicas.
25. Que el proyecto del Ministro del Medio Ambiente de estimular las investigaciones en controles biológicos de cultivos ilícitos a partir de la flora y fauna nativas significa legalizar en el país una línea de investigación sobre armas biológicas .
26. Que los controladores biológicos traen consigo el peligro de atacar cultivos lícitos, producir daños a animales y seres humanos, generar consecuencias inciertas una vez varíe genéticamente y afecte gravemente en un futuro el medio ambiente, teniendo en cuenta la longevidad de los hongos en el suelo.
27. Que en 1999 el Estado de la Florida, E.U., se rehusó al uso del controlador biológico con hongo Fusarium Oxysporum en los Everglades para atacar cultivos de marihuana por la falta de certeza respecto de que el hongo no causaría daños graves al medio ambiente.
28. Que la propuesta del control biológico para erradicación de matas de coca en Colombia es impuesta por EE.UU.; la misma desconoce la soberanía, la integridad territorial y los intereses de la nación;
29. Que a través del documento Los Cultivos Ilícitos Política mundial y Realidad en Colombia, la Defensoría del Pueblo recomienda a las autoridades nacionales competentes prevenir el ingreso al país y uso del fusarium oxysporum variedad Erythroxylum, debido a u peligrosidad para la salud y la vida.
30. Que en el mismo documento la Defensoría del Pueblo recomienda al Congreso Nacional y a todos los colombianos oponerse a la posibilidad de desarrollar en el país el proyecto presentado por Naciones Unidas titulado “Pruebas Experimentales y Futuro Desarrollo de un Agente Controlador Biológico para la Erradicación de la Coca y el cual es Ambientalmente Seguro”, porque el mismo es una amenaza a nuestra biodiversidad y pone en peligro la salud de las poblaciones que habitan las regiones de cultivos ilícitos en el país.
31. Que la erradicación manual de los cultivos ilícitos es la única forma de erradicación compatible con el medio ambiente, el desarrollo y la paz, además de que se convertiría en una fuente de empleo.
32. Que el Ministerio del Medio Ambiente contradice los mandatos ecológicos de la Constitución Política de 1991 al permitir en el pasado la fumigación aérea de los cultivos ilícitos y, ahora, la implementación del Plan Colombia.
33. Que al permitir el Plan Colombia y la erradicación de cultivos ilícitos el Ministerio del Medio Ambiente ha omitido su función de garantizar el cumplimiento de los deberes y derechos del Estado y de los particulares en relación con el medio ambiente y con el patrimonio natural de la nación (art. 2 Ley 99 de 1993).
34. Que tanto la fumigación aérea con herbicidas químicos como la utilización de micoherbicidas (hongos) afectan la riqueza natural del país, la seguridad, el equilibrio ecológico, el manejo sostenible de los recursos naturales, la protección de áreas de especial importancia ecológica, la conservación de especies animales y vegetales, la protección de ecosistemas situados en zonas fronterizas y la salubridad pública.
35. Que tanto la fumigación aérea con herbicidas químicos como la utilización de micoherbicidas (hongos) violan la prohibición de importar o poseer o usar armas químicas o biológicas.
36. Que hay suficientes opiniones, conceptos, estadísticas, informaciones y exámenes sobre la inconveniencia de la erradicación de cultivos mediante fumigación aérea o control biológico, a nivel nacional e internacional, de sectores públicos y privados.
Tales opiniones, conceptos, estadísticas informaciones y opiniones se encuentran relacionados en los documentos que se solicitan como pruebas de la presente demanda.
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