domingo, 27 de septiembre de 2015
LEY DE INTELIGENCIA: "TODOS SOMOS TERRORISTAS"
LA LEY MARCIAL INFORMÁTICA
Un gran número de leyes "antiterroristas" han sido adoptadas en Francia en menos de 2 años. Primeramente, la Ley de Programación Militar promulgada el 13 de noviembre de 2014. Más tarde se aprobó la Ley para reforzar las disposiciones vinculadas a la lucha contra el terrorismo y después vino la Ley de Inteligencia, definitivamente adoptada en la Asamblea Nacional el 24 de junio de 2015.
HOY TODOS SOMOS CULPABLES HASTA QUE PROBEMOS LO CONTRARIO. Y el problema es que podemos llegar a pasar MUCHO TIEMPO en prisión (o cosas peores) tratando de "probar" que no somos aquello que el gobierno IMAGINA que podemos LLEGAR A SER.
La ley de programación militar es una especie de fusión del derecho penal con las leyes de la guerra, con lo cual se mezcla el ámbito interno con el ámbito externo de la nación. Se instaura así una ley marcial numérica que autoriza el gobierno a atacar los sistemas informáticos de sus propios ciudadanos y a capturar, gracias a una simple solicitud administrativa, no sólo los datos relativos a la conexión sino también las informaciones y documentos de los usuarios.
Por su parte, la Ley de Inteligencia incluso legaliza la instalación en los servidores de los proveedores de acceso a internet de las famosas “cajas negras”, que permiten “aspirar”, en tiempo real, el conjunto de datos de los usuarios.
https://www.youtube.com/watch?v=J9kMt17QpI0
"La principal novedad de este texto, y lo que más se critica", explica Damien Leloup, periodista del diario Le Monde y especialista en nuevas tecnologías y libertad digital, "es la introducción de las llamadas cajas negras. Es decir que si se aprueba la ley, todos los proveedores de acceso a internet deberán instalar en sus servicios cajas que vigilarán el tráfico internet en todo el país. Dichas cajas negras no analizarán el contenido de las comunicaciones sino los metadatos, o sea "el destinatario, el origen de un mensaje, su horario... en fin, todas las informaciones en torno a la comunicación", precisa Leloup. Y con algoritmos fijados por los servicios de inteligencia se buscará detectar comportamientos "sospechosos", para intentar identificar a los grupos terroristas y sus actividades.
Esa Ley de Inteligencia pone en manos del poder ejecutivo un dispositivo permanente, clandestino y prácticamente ilimitado, de vigilancia sobre la ciudadanía. Es este el elemento más avanzado de la ofensiva del gobierno francés contra la vida privada. El ministro francés del Interior, Bernard Cazeneuve, incluso ha llegado a declarar que la vida privada no es una libertad fundamental.
Por otro lado, la Ley para reforzar las disposiciones vinculadas a la lucha contra el terrorismo, adoptada en noviembre de 2014, también contribuye a criminalizar el uso de internet y autoriza el bloqueo administrativo de sitios web. Se caracteriza por ser un ataque frontal contra la libertad de expresión ya que introduce en el código penal nuevas formas de incriminación cuyo tratamiento caía anteriormente sólo en el marco de las leyes sobre la prensa.
OFENSIVA CONTRA LA "TRAYECTORIA DE RADICALIZACIÓN TERRORISTA"
La Ley para reforzar las disposiciones vinculadas a la lucha contra el terrorismo se aprobó siguiendo un procedimiento acelerado, lo cual significa que ese texto fue presentado a la Asamblea Nacional una sola vez. Se trata de una ley oficialmente destinada a luchar contra el trabajo de proselitismo que lleva a los jóvenes a implicarse en 'trayectorias de radicalización terrorista". El objetivo oficial es impedir que la gente se radicalice a través de internet y que se vaya a zonas de combate.Esta ley da por sentado que el reclutamiento de los aprendices de terroristas se desarrolla esencialmente a través de internet, terreno que se pone así particularmente en la mirilla de la ley por ser considerado como una zona donde no impera el derecho, y a la que se le atribuye la responsabilidad fundamental del peligro terrorista.
El artículo L.224-1 precisa que las personas sospechosas de abrigar "una voluntad de irse a escenarios de guerra" pueden ser objeto de medidas como la prohibición de salida del país y la confiscación de sus documentos de identidad. Para justificar la aplicación de tales medidas, con vista a restringir la libertad de circulación de personas sobre las cuales existen únicamente sospechas de "intenciones terroristas", basta con que exista un motivo extremadamente vago –como la simple suposición de que la persona en cuestión puede tener intenciones de irse a una región en guerra, cruzada con la suposición de que esa persona puede ser peligrosa si decide regresar a su país de origen. Mediante el cruce de datos, el mencionado artículo de la ley instaura una lógica de creación de perfiles, de "seguimiento" de la "trayectoria de radicalización". Se prioriza el uso del ámbito numérico como medio que permite concebir sospechas o "serias razones para creer".
Esta ley se parece mucho, EN SU APLICABILIDAD, a la ley de "DETENCIÓN PROLONGADA" de la que el en LOS CAMPOS DE LA MUERTE:
https://www.youtube.com/watch?v=J-taZV8D9Rs
El artículo L. 421-2-5 de la mencionada ley castiga "el hecho de provocar directamente actos de terrorismo o de hacer públicamente la apología de dichos actos". Las posibles penas se hacen más fuertes cuando los hechos se cometen utilizando un servicio de comunicación online. Ese artículo establece que "la apología del terrorismo" es comparable al terrorismo mismo.
Los delitos de "apología del terrorismo" y de "instigación a la realización de actos terroristas" estaban incluidos en la ley sobre la prensa del 29 de julio de 1881. Esta ley incluye todos los delitos vinculados con la libertad de expresión y va más allá del contenido de los periódicos.Apunta a las injurias, la difamación, las violaciones de la vida privada, las declaraciones racistas o negacionistas… incluyendo las declaraciones de personas contra otras personas. Como se puede ver, resultará MUY DIFÍCIL determinar dónde empieza y termina la discriminación y dónde el "terrorismo"... sobre todo cuando los que están encargados de establecer esos "límites" son los mayores terroristas y racistas universales. Pero es importante subrayar aquí que la apología de crímenes que no sean el terrorismo, como los crímenes de guerra y los crímenes contra la humanidad, se mantiene únicamente en la ley sobre la prensa.
Al sacar la apología del terrorismo de la ley sobre la prensa para insertarla en el código penal como parte de la definición de terrorismo, el mencionado artículo de la nueva ley establece una relación de causalidad directa entre un discurso y ciertas acciones. Considerar que un contenido, clasificado como "glorificador del terrorismo", es de por sí un acto de terrorismo en realidad constituye una violación de la libertad de expresión ya que es muy imprecisa la frontera entre opinión y apología, entre información y propaganda. Las particularidades específicas del derecho de la prensa están concebidas precisamente para poder lidiar con ese problema. El empleo del término "apología" implica una condena, no de los actos sino de opiniones. Y el sistema protector de la ley de 1881 estaba concebido precisamente para evitar que se penalizara el hecho de expresar una opinión.
Con la nueva ley, ¿podrán periodistas o simples ciudadanos ser blanco de acciones legales sólo por haber compartido un video publicado en internet por una organización designada como terrorista o por haber dado la palabra a miembros de redes políticamente demonizadas? Desde los atentados contra el semanario satírico Charlie-Hebdo, se han multiplicado los expedientes abiertos bajo la acusación de "apología del terrorismo" y han sido pronunciadas toda una serie de condenas a penas de cárcel. ¿Cómo es posible que, por haber oído "Somos las hermanas Kouachi. Vamos a sacar los kalachnikov" en boca de una niña de 14 años, pueda ocurrirsele a alguien enviarla a los tribunales?
https://www.youtube.com/watch?v=ig6EaSvrREc
Con la inclusión de la "apología del terrorismo" en el derecho, ahora se hace posible imponer que la persona acusada tenga que comparecer de inmediato ante los tribunales, lo cual restringe considerablemente los derechos de la defensa y permite a la fiscalía ordenar el encarcelamiento inmediato del acusado.
Con esta ley, que retoma la noción estadounidense de "lobo solitario", se estipula que un individuo aislado puede ser considerado miembro de una organización terrorista internacional y ser incriminado como tal. El artículo 421-2-6 de la nueva ley instituye la incriminación por "iniciativa terrorista individual", lo cual permite emprender acciones legales contra individuos aislados siguiendo las mismas modalidades se usan contra los grupos terroristas organizados. Según ese artículo basta con que los actos del individuo en cuestión incluyan al menos 2 infracciones, clasificadas en una lista, para determinar que existe una voluntad de pasar a la acción. Entre esas infracciones aparecen la posesión de sustancias peligrosas y la recolección de información para la realización de algún tipo de acción. Pero también aparecen en la lista actos tan simples como el hecho de consultar en internet sitios webs clasificados como portales que incitan al terrorismo.
Esas condiciones de incriminación son tan "abiertas" que permiten que un gran número de activistas o de ciudadanos deseosos de informarse por sí mismos sobre los problemas de radicalización política o de terrorismo puedan ser objeto de acciones legales. Toda forma de activismo se ve así en la mirilla, con una faceta numérica que extiende de manera extremadamente amplia las posibilidades de incriminación.
El artículo 421-2-6, combinado con otros de la misma ley, confirma una lógica según la cual todos los ciudadanos son sospechosos. Una cantidad mínima de elementos basta para clasificarlos como potenciales terroristas. Cada persona se ve obligada, por consiguiente, a preguntarse constantemente lo que quiere el poder y a adaptar a ello su propio comportamiento, para no tener problemas.
El artículo 6-1 de la mencionada ley permite a los servicios de policía solicitar a los proveedores de acceso a internet que bloqueen la conexión a ciertos sitios para impedir a los internautas residentes en Francia el acceso a contenidos que supuestamente promueven el terrorismo. Es de público conocimiento que cualquier internauta, no necesariamente dotado de grandes conocimientos técnicos, puede burlar muy fácilmente las técnicas de bloqueo. Estas últimas son generalmente recursos difícilmente aplicables sin peligro de bloquear más de lo que se pretende bloquear. Para impedir más eficazmente el acceso a contenidos online es necesario el uso de técnicas de vigilancia masiva de las conexiones de todo el conjunto de internautas. Sobre eso trata la nueva "Ley de Inteligencia", que instala las llamadas “cajas negras” en los servidores de los proveedores de acceso a internet para “aspirar” en tiempo real los datos de conexión.
El bloqueo de sitios web o de contenidos online está en manos de la policía, sin intervención previa de un juez. Se evita así todo procedimiento que pueda contradecir la acción policial así como toda forma de oposición a la censura decidida por la instancia administrativa. Más que los actos, esta ley castiga las intenciones. REPETIMOS UNA VEZ MÁS: IGUAL QUE LA LEY DE DETENCIÓN PROLONGADA. La libertad de información, o sea la libertad de consultar cualquier sitio en internet; la libertad de circulación, que permite a los individuos salir de su país sin que las autoridades prejuzguen sobre sus intenciones; así como la libertad de expresión, se ven así cuestionadas.
Al poner internet en su mirilla, el gobierno [francés] apunta contra todo ciudadano deseoso de informarse y de escapar a las órdenes de creer esto o aquello que promulga el poder. La ley afecta a toda la población en su conjunto, pero no contiene ninguna disposición que apunte directamente contra el terrorismo. Sin embargo, tiene un impacto decisivo sobre el intercambio de información y las comunicaciones a través de internet.
Esta ley no apunta a individuos peligrosos sino contra personas deseosas de leer documentos considerados [por las autoridades] potencialmente peligrosos. O sea, como de costumbre, las"autoridades" insisten en tratar a los ciudadanos como poco más que INCAPACITADOS MENTALES. Al convertir la intención en delito, esta ley impide al ciudadano informarse sobre todo aquello que el gobierno haya clasificado como "propaganda terrorista". Las personas tienen por lo tanto que censurar su sentir personal y se ven obligadas a anticipar la mirada del poder sobre su vida privada. Para evitar verse perseguidos, los individuos tienen que dar prueba de iniciativa en el autocontrol de su comportamiento.
El ministro [francés] del Interior, Bernard Cazeneuve, evitó dar respuesta a los cuestionamientos planteados ante esa ley. Para evadir esos cuestionamientos, el ministro recurrió a verdades a medias, principalmente sobre el tema de la intervención del juez administrativo en el proceso de bloqueo de los sitios web, dando a entender que el juez intervendría sistemáticamente cuando en realidad eso no aparece en el texto de la ley. En efecto, la ley menciona únicamente una supervisión de procedimiento por parte de un magistrado del ámbito judicial, que supuestamente garantizaría "la regularidad de las condiciones de establecimiento, actualización, comunicación y utilización" de los sitios web cuyo acceso se bloquea. Pero este magistrado carece de poder para decidir si el bloqueo del sitio en cuestión se justifica o no.
El informe del Consejo de Estado [francés] sobre el Ámbito numérico y los derechos fundamentales, publicado en septiembre de 2014, también legitima el carácter extrajudicial de las violaciones de la libertad de expresión que se introducen en el derecho francés. Al invocar los "desórdenes mucho más grandes" del orden público que supuestamente podría provocar internet, ese informe se sitúa dentro de la tendencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que considera internet como un espacio fundamentalmente peligroso, justificando así mayores restricciones de la libertad de expresión.
Esta ley se parece mucho, EN SU APLICABILIDAD, a la ley de "DETENCIÓN PROLONGADA" de la que el en LOS CAMPOS DE LA MUERTE:
https://www.youtube.com/watch?v=J-taZV8D9Rs
LA ACUSACIÓN DE "APOLOGÍA DEL TERRORISMO"
El artículo L. 421-2-5 de la mencionada ley castiga "el hecho de provocar directamente actos de terrorismo o de hacer públicamente la apología de dichos actos". Las posibles penas se hacen más fuertes cuando los hechos se cometen utilizando un servicio de comunicación online. Ese artículo establece que "la apología del terrorismo" es comparable al terrorismo mismo.
Los delitos de "apología del terrorismo" y de "instigación a la realización de actos terroristas" estaban incluidos en la ley sobre la prensa del 29 de julio de 1881. Esta ley incluye todos los delitos vinculados con la libertad de expresión y va más allá del contenido de los periódicos.Apunta a las injurias, la difamación, las violaciones de la vida privada, las declaraciones racistas o negacionistas… incluyendo las declaraciones de personas contra otras personas. Como se puede ver, resultará MUY DIFÍCIL determinar dónde empieza y termina la discriminación y dónde el "terrorismo"... sobre todo cuando los que están encargados de establecer esos "límites" son los mayores terroristas y racistas universales. Pero es importante subrayar aquí que la apología de crímenes que no sean el terrorismo, como los crímenes de guerra y los crímenes contra la humanidad, se mantiene únicamente en la ley sobre la prensa.
Al sacar la apología del terrorismo de la ley sobre la prensa para insertarla en el código penal como parte de la definición de terrorismo, el mencionado artículo de la nueva ley establece una relación de causalidad directa entre un discurso y ciertas acciones. Considerar que un contenido, clasificado como "glorificador del terrorismo", es de por sí un acto de terrorismo en realidad constituye una violación de la libertad de expresión ya que es muy imprecisa la frontera entre opinión y apología, entre información y propaganda. Las particularidades específicas del derecho de la prensa están concebidas precisamente para poder lidiar con ese problema. El empleo del término "apología" implica una condena, no de los actos sino de opiniones. Y el sistema protector de la ley de 1881 estaba concebido precisamente para evitar que se penalizara el hecho de expresar una opinión.
Con la nueva ley, ¿podrán periodistas o simples ciudadanos ser blanco de acciones legales sólo por haber compartido un video publicado en internet por una organización designada como terrorista o por haber dado la palabra a miembros de redes políticamente demonizadas? Desde los atentados contra el semanario satírico Charlie-Hebdo, se han multiplicado los expedientes abiertos bajo la acusación de "apología del terrorismo" y han sido pronunciadas toda una serie de condenas a penas de cárcel. ¿Cómo es posible que, por haber oído "Somos las hermanas Kouachi. Vamos a sacar los kalachnikov" en boca de una niña de 14 años, pueda ocurrirsele a alguien enviarla a los tribunales?
https://www.youtube.com/watch?v=ig6EaSvrREc
EL TERRORISMO NO ESTÁ EN LAS PERSONAS QUE "TIRAN BOMBAS" SINO EN EL FASCISMO DICTATORIAL DISFRAZADO DE "MIEDO AL TERRORISMO" POR MEDIO DEL CUAL LOS GOBIERNOS POLÍTICOS ESTÁN A CADA DÍA ESTABLECIENDO MÁS Y MÁS LEYES PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE SU AMADA LEY MARCIAL. Ya hemos visto varios ejemplos: la Ley de Detención Prolongada, la Ley "Mordaza", la Ley de Inteligencia... Poco a poco van cerrando cada vez más las puertas y vías de escape.
Con la inclusión de la "apología del terrorismo" en el derecho, ahora se hace posible imponer que la persona acusada tenga que comparecer de inmediato ante los tribunales, lo cual restringe considerablemente los derechos de la defensa y permite a la fiscalía ordenar el encarcelamiento inmediato del acusado.
LA ACUSACIÓN POR "INICIATIVA TERRORISTA INDIVIDUAL"
Con esta ley, que retoma la noción estadounidense de "lobo solitario", se estipula que un individuo aislado puede ser considerado miembro de una organización terrorista internacional y ser incriminado como tal. El artículo 421-2-6 de la nueva ley instituye la incriminación por "iniciativa terrorista individual", lo cual permite emprender acciones legales contra individuos aislados siguiendo las mismas modalidades se usan contra los grupos terroristas organizados. Según ese artículo basta con que los actos del individuo en cuestión incluyan al menos 2 infracciones, clasificadas en una lista, para determinar que existe una voluntad de pasar a la acción. Entre esas infracciones aparecen la posesión de sustancias peligrosas y la recolección de información para la realización de algún tipo de acción. Pero también aparecen en la lista actos tan simples como el hecho de consultar en internet sitios webs clasificados como portales que incitan al terrorismo.
Esas condiciones de incriminación son tan "abiertas" que permiten que un gran número de activistas o de ciudadanos deseosos de informarse por sí mismos sobre los problemas de radicalización política o de terrorismo puedan ser objeto de acciones legales. Toda forma de activismo se ve así en la mirilla, con una faceta numérica que extiende de manera extremadamente amplia las posibilidades de incriminación.
El artículo 421-2-6, combinado con otros de la misma ley, confirma una lógica según la cual todos los ciudadanos son sospechosos. Una cantidad mínima de elementos basta para clasificarlos como potenciales terroristas. Cada persona se ve obligada, por consiguiente, a preguntarse constantemente lo que quiere el poder y a adaptar a ello su propio comportamiento, para no tener problemas.
BLOQUEO ADMINISTRATIVO DE SITIOS WEB
El bloqueo de sitios web o de contenidos online está en manos de la policía, sin intervención previa de un juez. Se evita así todo procedimiento que pueda contradecir la acción policial así como toda forma de oposición a la censura decidida por la instancia administrativa. Más que los actos, esta ley castiga las intenciones. REPETIMOS UNA VEZ MÁS: IGUAL QUE LA LEY DE DETENCIÓN PROLONGADA. La libertad de información, o sea la libertad de consultar cualquier sitio en internet; la libertad de circulación, que permite a los individuos salir de su país sin que las autoridades prejuzguen sobre sus intenciones; así como la libertad de expresión, se ven así cuestionadas.
Al poner internet en su mirilla, el gobierno [francés] apunta contra todo ciudadano deseoso de informarse y de escapar a las órdenes de creer esto o aquello que promulga el poder. La ley afecta a toda la población en su conjunto, pero no contiene ninguna disposición que apunte directamente contra el terrorismo. Sin embargo, tiene un impacto decisivo sobre el intercambio de información y las comunicaciones a través de internet.
Esta ley no apunta a individuos peligrosos sino contra personas deseosas de leer documentos considerados [por las autoridades] potencialmente peligrosos. O sea, como de costumbre, las"autoridades" insisten en tratar a los ciudadanos como poco más que INCAPACITADOS MENTALES. Al convertir la intención en delito, esta ley impide al ciudadano informarse sobre todo aquello que el gobierno haya clasificado como "propaganda terrorista". Las personas tienen por lo tanto que censurar su sentir personal y se ven obligadas a anticipar la mirada del poder sobre su vida privada. Para evitar verse perseguidos, los individuos tienen que dar prueba de iniciativa en el autocontrol de su comportamiento.
CRIMINALIZACIÓN DE INTERNET
El ministro [francés] del Interior, Bernard Cazeneuve, evitó dar respuesta a los cuestionamientos planteados ante esa ley. Para evadir esos cuestionamientos, el ministro recurrió a verdades a medias, principalmente sobre el tema de la intervención del juez administrativo en el proceso de bloqueo de los sitios web, dando a entender que el juez intervendría sistemáticamente cuando en realidad eso no aparece en el texto de la ley. En efecto, la ley menciona únicamente una supervisión de procedimiento por parte de un magistrado del ámbito judicial, que supuestamente garantizaría "la regularidad de las condiciones de establecimiento, actualización, comunicación y utilización" de los sitios web cuyo acceso se bloquea. Pero este magistrado carece de poder para decidir si el bloqueo del sitio en cuestión se justifica o no.
El informe del Consejo de Estado [francés] sobre el Ámbito numérico y los derechos fundamentales, publicado en septiembre de 2014, también legitima el carácter extrajudicial de las violaciones de la libertad de expresión que se introducen en el derecho francés. Al invocar los "desórdenes mucho más grandes" del orden público que supuestamente podría provocar internet, ese informe se sitúa dentro de la tendencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que considera internet como un espacio fundamentalmente peligroso, justificando así mayores restricciones de la libertad de expresión.
De manera que ya no podré reclamar por mucho más tiempo acerca de los BLOQUEOS PERIÓDICOS A LOS QUE ME SOMETE DE BUENAS A PRIMERAS Y SIN MOTIVOS ESPECIFICADOS el Facebook, CUANDO ME BLOQUEA LOS PERFILES O ME IMPIDE COMPARTIR MATERIAL...
Las persecuciones están a punto de empezar...
FUENTES:
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